Cuando termina tu trabajo en México, el patrón siempre debe pagarte un finiquito: salarios pendientes y las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Si te despidieron sin causa justificada, además te toca una liquidación, con una indemnización de 3 meses de salario y la prima de antigüedad. Aquí tienes cada concepto según la Ley Federal del Trabajo (LFT), con ejemplos de cálculo y los pasos para reclamar.
En resumen: el finiquito se paga siempre; la liquidación solo si te despiden sin causa. La indemnización es de 3 meses de salario y la prima de antigüedad de 12 días por año. Tienes 2 meses para reclamar un despido.
Finiquito y liquidación: la diferencia
| Finiquito | Liquidación | |
|---|---|---|
| ¿Cuándo? | En toda terminación: renuncia, fin de contrato, despido | Despido injustificado o rescisión por culpa del patrón |
| Salarios pendientes | Sí | Sí |
| Aguinaldo proporcional | Sí | Sí |
| Vacaciones y prima vacacional pendientes | Sí | Sí |
| Prima de antigüedad | Solo con 15 años o más si renuncias | Sí, sin importar los años |
| Indemnización de 3 meses | No | Sí |
| 20 días por año | No | En los casos de los artículos 49 y 52 de la LFT |
La Profedet lo explica así: al separarte del empleo, el patrón está obligado a pagarte un finiquito con las prestaciones que te adeude en su parte proporcional (vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y prima de antigüedad cuando proceda).
Los conceptos del finiquito
Salarios pendientes
Los días trabajados que todavía no te pagaron. Para pasar de sueldo mensual a diario, el artículo 89 de la LFT indica dividir entre 30 (o entre 7 si es semanal).
Aguinaldo proporcional
El artículo 87 de la LFT da derecho a 15 días de salario por año como mínimo, y a la parte proporcional si sales antes de diciembre:
Aguinaldo proporcional = 15 × días trabajados en el año ÷ 365 × salario diario
Tienes la explicación completa en nuestra guía del aguinaldo 2026.
Vacaciones: la reforma de vacaciones dignas
El artículo 76 de la LFT, reformado por decreto publicado en el DOF el 27 de diciembre de 2022, fija un mínimo de 12 días laborables de vacaciones pagadas al cumplir un año, que aumentan 2 días por año hasta llegar a 20. A partir del sexto año, aumentan 2 días por cada cinco años de servicio. La Profedet publica esta tabla:
| Años trabajados | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
Las vacaciones no pueden cambiarse por dinero mientras trabajas (artículo 79). Pero si la relación termina antes de cumplir el año de servicios, te toca una remuneración proporcional al tiempo trabajado. Además, se te deben pagar las vacaciones de años anteriores que no hayas disfrutado.
Vacaciones proporcionales = días que te tocarían en ese año × días trabajados desde tu último aniversario ÷ 365 × salario diario
Prima vacacional
El artículo 80 de la LFT fija una prima de al menos 25 % sobre el salario de tus días de vacaciones. Se paga también sobre las vacaciones proporcionales y pendientes.
Los conceptos adicionales de la liquidación
Indemnización de 3 meses
Si te despiden sin causa justificada, el artículo 48 de la LFT te permite pedir, ante la autoridad conciliadora o el tribunal, que te reinstalen en tu puesto o que te indemnicen con tres meses de salario. Profedet resume lo mismo en su página sobre despido: reinstalación o 3 meses de salario, más las prestaciones que te deban.
Si el patrón no prueba en juicio la causa del despido, también tienes derecho a salarios vencidos desde el despido, hasta por 12 meses. Si el juicio se alarga más, se pagan intereses del 2 % mensual sobre 15 meses de salario (artículo 48).
20 días de salario por año de servicios
El artículo 50 de la LFT agrega, para relaciones por tiempo indeterminado, 20 días de salario por cada año de servicios además de los 3 meses. Por ley, esta indemnización aplica en dos situaciones:
- Cuando el patrón queda eximido de reinstalarte (artículo 49): por ejemplo, trabajadores con menos de un año, de confianza, del hogar o eventuales.
- Cuando tú rescindes la relación por una falta del patrón (artículo 52), como no pagarte el salario o reducírtelo. Debes hacerlo dentro de los 30 días siguientes a la falta.
Si tu contrato era por tiempo determinado, el artículo 50 fija reglas distintas (por ejemplo, la mitad del tiempo trabajado si el contrato duraba menos de un año).
Prima de antigüedad
Según el artículo 162 de la LFT y la Profedet, los trabajadores de planta reciben 12 días de salario por cada año de servicios cuando:
- Renuncian voluntariamente con 15 años o más de servicios.
- Son separados del empleo, con o sin justificación, sin importar los años.
- Fallecen: se paga a sus beneficiarios, sin importar la antigüedad.
El salario para calcularla tiene un tope: si ganas más del doble del salario mínimo de tu zona, se usa ese doble (artículos 485 y 486). Con los salarios mínimos de 2026, el tope es de $630.08 diarios en la zona general (2 × $315.04) y $881.74 en la Zona Libre de la Frontera Norte (2 × $440.87). Nunca puede calcularse con menos del salario mínimo.
Qué salario se usa para las indemnizaciones
El artículo 89 de la LFT indica que las indemnizaciones se calculan con el salario del día en que nace el derecho, incluyendo la cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones del artículo 84 (gratificaciones, primas, comisiones, prestaciones en especie…). Es el llamado salario integrado: suele ser algo mayor que tu sueldo base. Los ejemplos de abajo usan el salario base para simplificar.
Ejemplos de cálculo
Datos del ejemplo: salario de $12,000 mensuales ($400 diarios), zona del salario mínimo general, entrada el 1 de febrero de 2024, salida el 31 de octubre de 2026 (2 años y 273 días). Las vacaciones de años anteriores ya se disfrutaron y los salarios están al corriente.
Caso 1: renuncia (finiquito)
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Aguinaldo proporcional 2026 | 15 × 304 ÷ 365 = 12.49 días × $400 | $4,997.26 |
| Vacaciones proporcionales (tercer año: 16 días) | 16 × 273 ÷ 365 = 11.97 días × $400 | $4,786.85 |
| Prima vacacional (25 %) | 25 % × $4,786.85 | $1,196.71 |
| Prima de antigüedad | No aplica: menos de 15 años y renuncia | $0 |
| Total finiquito | $10,980.82 |
Caso 2: despido injustificado (liquidación)
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Finiquito (caso 1) | $10,980.82 | |
| Indemnización de 3 meses | 90 días × $400 | $36,000.00 |
| Prima de antigüedad | 12 × 2.75 años = 32.98 días × $400 (bajo el tope de $630.08) | $13,190.14 |
| Total liquidación | $60,170.96 | |
| 20 días por año (solo en los casos de los artículos 49 y 52) | 20 × 2.75 años = 54.96 días × $400 | $21,983.56 |
Si aplica también la indemnización de 20 días por año, el total sube a $82,154.52. A esto podrían sumarse salarios vencidos si el caso llega a juicio y el patrón no prueba la causa del despido.
Finiquito, liquidación e ISR
- Aguinaldo, vacaciones y salarios pagan ISR como cualquier ingreso por salarios. El aguinaldo tiene su exención de 30 UMA ($3,519.30 en 2026) y la prima vacacional de 15 UMA ($1,759.65), según el artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR.
- Prima de antigüedad e indemnizaciones están exentas hasta 90 veces el salario mínimo, hoy la UMA, por cada año de servicio (artículo 93, fracción XIII). Toda fracción de más de seis meses cuenta como año completo.
Con la UMA 2026 del INEGI de $117.31, la exención es de $10,557.90 por año. En el ejemplo, 2 años y 9 meses cuentan como 3 años: $31,673.70 exentos. El excedente paga ISR. Consulta las tablas de ISR 2026.
Qué hacer si no te pagan o no estás de acuerdo
No firmes a ciegas
El artículo 33 de la LFT declara nula cualquier renuncia del trabajador a salarios devengados, indemnizaciones y prestaciones. Aun así, no firmes una carta de renuncia ni un recibo de finiquito con montos que no entiendes: pide el desglose por escrito y revísalo con calma.
Profedet: asesoría gratuita
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo asesora gratis, puede calcular aproximadamente lo que te corresponde, te acompaña en la conciliación y te representa ante los tribunales laborales federales. Según sus preguntas frecuentes:
- Teléfonos sin costo: 800 717 2942 y 800 911 7877.
- Horario: lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas.
- Directorio de oficinas.
Profedet representa casos de competencia federal (industrias automotriz, minera, química, textil, alimentos envasados, bebidas, banca, empresas con concesión federal…). Si tu empresa es de competencia local (comercio, restaurantes, la mayoría de los servicios), Profedet te orienta y te indica la procuraduría y el Centro de Conciliación de tu estado.
Centros de Conciliación: paso obligatorio
Antes de demandar, debes solicitar la conciliación ante el Centro de Conciliación que corresponda (artículo 684-B de la LFT): el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para asuntos federales, o el centro de tu estado para asuntos locales. La solicitud lleva tu nombre, CURP, identificación y domicilio, y el nombre y domicilio del patrón; si no sabes el nombre de la empresa, basta el domicilio donde trabajabas (artículo 684-C). El procedimiento no debe durar más de 45 días naturales (artículo 684-D).
Plazos para reclamar
| Acción | Plazo | Artículo LFT |
|---|---|---|
| Reclamar un despido | 2 meses desde el día siguiente al despido | 518 |
| Separarte por falta del patrón | 1 mes (30 días según el art. 52) | 517 y 52 |
| Reclamar prestaciones (aguinaldo, vacaciones, prima de antigüedad) | 1 año | 516 |
El plazo de dos meses del despido se suspende desde que presentas la solicitud de conciliación (artículo 518). No esperes al último día.
Errores frecuentes
- Firmar una renuncia cuando en realidad te despidieron: puedes perder la indemnización en la práctica, aunque la ley la proteja.
- Olvidar las vacaciones de años anteriores no disfrutadas: también se pagan, con su prima vacacional.
- Usar la tabla de vacaciones anterior a 2023: desde la reforma publicada en diciembre de 2022, el mínimo es de 12 días el primer año.
- Calcular la indemnización solo con el sueldo base: la ley usa el salario integrado.
- Dejar pasar los 2 meses para reclamar un despido.
- No revisar tu historial en el IMSS: confirma tu fecha de alta y tu salario registrado con tu número de seguridad social.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
El finiquito es lo que te deben siempre que termina tu trabajo: salarios pendientes, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales. La liquidación suma a eso la indemnización que corresponde cuando te despiden sin causa justificada.
¿Si renuncio me toca liquidación?
No. Si renuncias te toca el finiquito. La prima de antigüedad solo se paga en renuncia voluntaria si tienes al menos 15 años de servicios.
¿Cuánto es la indemnización por despido injustificado?
La ley fija tres meses de salario. Además puedes reclamar salarios vencidos y, en ciertos casos, 20 días de salario por cada año de servicios, más la prima de antigüedad de 12 días por año.
¿Cuántos días de vacaciones me tocan en 2026?
Desde la reforma de vacaciones dignas, 12 días al cumplir el primer año, 14 el segundo, 16 el tercero, 18 el cuarto y 20 el quinto. Del sexto año en adelante aumentan 2 días cada cinco años.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si me despidieron?
Dos meses a partir del día siguiente al despido. Para reclamar prestaciones como aguinaldo o vacaciones, el plazo general es de un año.
¿El finiquito paga ISR?
Los salarios, vacaciones y aguinaldo pagan ISR como siempre, con sus exenciones. La prima de antigüedad y la indemnización están exentas hasta 90 UMA por año de servicio: $10,557.90 por año en 2026.
Fuentes oficiales
- Cámara de Diputados — Ley Federal del Trabajo: artículos 33, 48 a 52 (indemnizaciones de 3 meses y 20 días por año), 76 a 80 (vacaciones y prima vacacional), 87 y 89 (aguinaldo y salario para indemnizaciones), 162, 485 y 486 (prima de antigüedad y tope), 516 a 518 (prescripción) y 684-B a 684-D (conciliación); última reforma DOF 14-05-2026.
- Cámara de Diputados — Ley del Impuesto sobre la Renta: artículo 93, fracciones XIII (90 veces por año de servicio) y XIV (aguinaldo y prima vacacional).
- INEGI — Unidad de Medida y Actualización: UMA 2026 de $117.31 diarios desde el 1 de febrero de 2026.
- Conasami — Tabla de salarios mínimos 2026: $315.04 y $440.87 diarios, base del tope de la prima de antigüedad.
- Profedet — Renuncia voluntaria: conceptos del finiquito.
- Profedet — Despido: reinstalación o indemnización de 3 meses.
- Profedet — Prima de antigüedad: 12 días por año y supuestos de pago.
- Profedet — Vacaciones: tabla de días por antigüedad.
- Profedet — Preguntas frecuentes: servicios, teléfonos, horario y competencia federal o local.
- Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral: conciliación en asuntos de competencia federal.
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